¿Cuáles son las principales características de la Obra Cinematográfica y Audiovisual en la legislación nacional?

Se entiende por obras audiovisuales a las imágenes asociadas que proporcionan la sensación de movimiento (con o sin sonido), que se perciben mediante dispositivos técnicos.
Se compone de diversas obras artísticas como el guión, la música, la caricatura, la fotografía, etc pero es considerada una obra artística primigenia, por esta misma razón para su creación es necesaria la participación de diversos autores pero el productor es considerado el titular de los derechos patrimoniales.
Se destaca que en nuestra ley los autores que hayan contribuido en la creación en la medida de su trabajo a realizar un audiovisual, no podrán oponerse a su comercialización pero podrán disponer de sus respectivas aportaciones para explotarlas en forma aislada.

¿Quién o quiénes son considerados como autores de las obras audiovisuales?

De conformidad con la Ley Federal del Derecho de Autor, se consideran como autores a:

  1. El director realizador;
  2. Los autores del argumento, adaptación, guión o diálogo;
  3. Los autores de las composiciones musicales;
  4. El fotógrafo, y
  5. Los autores de las caricaturas y de los dibujos animados.

Y, salvo pacto en contrario, se considera al productor como el titular de los derechos patrimoniales de la obra en su conjunto.

¿Qué hace el Productor Cinematográfico en una obra audiovisual?

Es el encargado de los aspectos organizativos y técnicos de la elaboración de una película, es el responsable de convertir la idea en película. Está a cargo de la contratación del personal, del financiamiento de los trabajos y del contacto con los distribuidores para la difusión de la obra. Si su tarea se limita a algunos aspectos puntuales del proceso técnico o creativo, se lo llama "co-productor".
Artículo 98 de la Ley Federal del Derecho de Autor establece que es productor de la obra audiovisual la persona física o moral que tiene la iniciativa, la coordinación y la responsabilidad en la realización de una obra, o que la patrocina.
Sin perjuicio de los derechos de los autores, el productor puede llevar a cabo todas las acciones necesarias para la explotación de la obra audiovisual.
Una vez que los autores o los titulares de derechos patrimoniales se hayan comprometido a aportar sus contribuciones para la realización de la obra audiovisual, no podrán oponerse a la reproducción, distribución, representación y ejecución pública, transmisión por cable, radiodifusión, comunicación al público, subtitulado y doblaje de los textos de dicha obra.

¿Qué hace el Director Cinematográfico en una obra audiovisual?

Es el profesional que dirige la filmación de una película, el responsable de la puesta en escena, dando pautas a los actores y al equipo técnico, tomando todas las decisiones creativas, siguiendo su estilo o visión particular, supervisando el decorado y el vestuario, y todas las demás funciones necesarias para llevar a buen término el rodaje.
Artículo 22 de la Ley Federal del Derecho de Autor señala que salvo pacto en contrario entre los coautores, el director o realizador de la obra, tiene el ejercicio de los derechos morales sobre la obra audiovisual en su conjunto, sin perjuicio de los que correspondan a los demás coautores en relación con sus respectivas contribuciones, ni de los que puede ejercer el productor de conformidad con dicha Ley y de lo establecido por su artículo 99.

¿Qué hacen el Guionista, el Músico y el Fotógrafo en una obra audiovisual?

Como mencionamos son considerados como autores de la obra audiovisual (art 97), sin embargo la legislación mexicana no los conceptualiza, así que, de conformidad a la labor que desempeñan entendemos por Guionista / Músico / Fotógrafo de la Obra Audiovisual:

  • Guionista: el guionista es la persona encargada de confeccionar el guion. Muchos escritores se han convertido en guionistas de sus propias obras literarias. Dentro del guion cinematográfico se distinguen el guion literario o cinematográfico, que narra la película en términos de imagen (descripciones) y sonido (efectos y diálogo), y está dividido en actos y escenas. Es necesario distinguir el guion literario del guion técnico, que agrega al anterior una serie de indicaciones técnicas (tamaño de plano, movimientos de cámara, etc.) que sirven al equipo técnico en su labor y que, a diferencia del guion literario, suele elaborarlo el director, no el guionista.
  • Músico: El compositor de la música genera la banda sonora original. El sonido es muy importante porque amplía los límites de la pantalla, soluciona problemas narrativos, cohesiona el montaje, influye en el espectador de forma inconsciente y transmite historias y emociones.
  • Fotógrafo: es la persona que determina cómo se va a ver la película, es decir, es quien determina, en función de las exigencias del director y de la historia, los aspectos visuales de la película: el encuadre, la iluminación, la óptica a utilizar etc. Es el responsable de toda la parte visual de la película, también desde el punto de vista conceptual, determinando la tonalidad general de la imagen y la atmósfera óptica de la película.

Otros colaboradores fundamentales de la obra cinematográfica y audiovisual pero no son considerados autores:

  • Montaje: es la técnica de ensamblaje de las sucesivas tomas registradas en la película fotográfica para dotarlas de forma narrativa. Consiste en escoger (una vez que se ha rodado la película), ordenar y unir una selección de los planos registrados, según una idea y una dinámica determinada, a partir del guion, la idea del director y el aporte del montador. El montador sincroniza la imagen con el sonido. Visiona las tomas diarias junto al director y los miembros clave del equipo. La preparación de estas tomas diarias se desarrolla cada día a lo largo del rodaje de la película. La posproducción es el momento en que el montador ha reunido todo el material necesario para completar un primer montaje de la película. Después de que el director y el productor aprueban el montaje final, un montador de sonido especializado corrige los posibles problemas con éste. Si fuera necesario, el montador de sonido regraba los diálogos en un estudio de grabación, mientras los actores ven en proyección la imagen correspondiente. Este proceso se conoce como doblaje. Los montadores de sonido reúnen las grabaciones y crean a veces nuevos sonidos (efectos sonoros) para intensificar la fuerza dramática de una escena. Mientras se prepara la banda de sonido, el montador también supervisa los efectos ópticos y los títulos que se van a incorporar a la película. Uno de los pasos finales es la preparación y la mezcla de las diferentes bandas sonoras en un único máster, primero magnético, que contendrá los diálogos, música, sonido directo y efectos de sonido, sincronizados con la imagen y adecuado al volumen de cada banda. La mezcla sin los diálogos hace posible el doblaje para la distribución de la película en otros idiomas. Operador de cámara: Es el encargado de realizar y llevar a cabo todos los movimientos de cámara que sean necesarios para adaptarse al guion bajo la dirección del director.
  • Arte (Diseño de producción): El área artística puede tener un director de arte o varios. Están coordinados por un diseñador de producción, quien está a cargo de la estética general de la película. Estos directores tendrán asistentes y encargados específicos, como escenógrafos, encargados de vestuario, modistas, maquilladores, peluqueros/as, utileros y otros miembros suplementarios como pintores, carpinteros o constructores. También dependen de esta área especialistas en los efectos visuales y ópticos que se realicen en el rodaje, así como otros efectos realizados durante la fase de postproducción.
  • Stunts: (Doble es la persona encarga de salvaguardar la integridad del actor que no cuenta con las habilidades necesarias para realizar escenas de riesgo. Estos están preparados física y mentalmente, es una persona capaz y acostumbrada para hacer actividades de riesgo al rodar escenas en cine.
  • Storyboards:  es un guion gráfico que se utiliza para definir las secuencias, así como las variaciones de plano, gestos y posiciones de los actores, en cada una de las escenas antes de rodarla; en él vemos como si de un cómic se tratase la película completa. Además este elemento es fundamental para la buena comprensión del equipo técnico hacia lo que se va a rodar, incluyendo anotaciones con las dificultades de algunos planos o cosas a tener en cuenta. En la creación de un storyboard, los personajes y el fondo se pueden retratar únicamente mediante siluetas, pero siempre recalcando los elementos importantes en la acción como pueden ser flechas para indicar movimiento de cámara o de actores, o la expresión de un actor en un plano determinado para cuidar hasta el más mínimo detalle y la producción sea excelente.
  • Distribución y exhibición: Los distribuidores, generalmente empresas independientes de las productoras, compran los derechos de exhibición en salas de cine, o para su emisión por televisión, y venden los derechos de la película a los exhibidores (individuales o cadenas de exhibidores), cadenas de televisión, videoclubes u otros establecimientos donde se vendan las cintas de vídeo. Son también encargados de la publicidad y de la promoción de las películas, de hacer las copias necesarias para la exhibición y de controlar las cifras de ingresos y gastos. El productor cede al distribuidor un porcentaje de los ingresos de la película que por lo común alcanza el 50%. Además el distribuidor deduce de los beneficios del productor el importe de las copias de la película. Los mercados secundarios son aquellos que proporcionan ingresos adicionales, que no eran el objetivo inicial de la producción. Estos mercados incluyen una diversidad de objetos: juguetes con el nombre de los personajes de la película (especialmente en el caso de las de dibujos animados), camisetas, publicación del guión, cortometrajes sobre las incidencias del rodaje (el cómo se hizo o making of) y grabaciones en disco, casete o compacto de la banda sonora original. Los productores buscarán compositores conocidos a los que ceden los derechos de la distribución fonográfica de su música.